Según datos de A3E – Asociación de Empresas de Eficiencia Energética, entre un 20% y un 25% de las grandes empresas no han realizado la auditoría energética obligatoria y el 40% de las auditorías realizadas no alcanzarían el umbral necesario de calidad para implantar medidas de ahorro y eficiencia energética.

En 2020, las grandes empresas deberían haber realizado la segunda auditoría energética (la primera debían haberla realizado en 2016), o alternativamente deben tener un sistema de gestión energética implantado, tal y como establece el Real Decreto 56/2016. Están sujetas a este Real Decreto, todas las empresas o grupos de empresas con más de 250 trabajadores en plantilla o aquellas que facturan más de 50 M€ y tengan un balance superior a 43 M€.

Sin embargo, según se desprende de un análisis realizado por A3E, a pocos días de que finalice el plazo para cumplir con esta obligación, más de un 20% no habrían cumplido con la norma. De igual forma, cerca del 40% de las auditorías energéticas realizadas, se han hecho solo para cumplir con la obligación y no cuentan con el alcance y/o la calidad necesaria para implantar medidas de ahorro energético, que es su verdadera finalidad.

Entre las razones por las que las grandes empresas no cumplen la norma, la respuesta más recurrente ha sido el desconocimiento de la misma, seguido de la ausencia de personal cualificado dedicado a estos temas en las empresas.

Las auditorías energéticas aportan información relevante sobre los consumos, los potenciales ahorros, así como las alternativas que se tienen para ahorrar y sus costes. Y en la mayoría de los casos “destapan” inversiones muy rentables en términos de ahorros, con pay-backs inferiores a 4-5 años. Es una herramienta fundamental para cualquier empresa o entidad, de cualquier tamaño y sector, que quiera mejorar su eficiencia energética.

Inspecciones y sanciones

Los datos de las auditorías deben inscribirse en los registros que han habilitado las Comunidades Autónomas, y son éstas las encargadas de inspeccionar y controlar la calidad de las mismas. Algunas Comunidades Autónomas han enviado cartas a las grandes empresas para recordarles la obligación, pero es el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico el que debe controlar la obligación de auditar al menos el 85% de los consumos a nivel nacional, tal y como establece el Real Decreto 56/2016. Las sanciones pueden elevarse hasta los 60.000 €.

Resulta difícil de creer que, tras casi cinco años de su entrada en vigor, no se haya encontrado, desde la Administración, la vía adecuada para informar de la obligación a las empresas, o se haya dado con el mecanismo para hacer cumplir el Real Decreto. Si no se realizan las auditorías energéticas con la calidad y el alcance necesarios, difícilmente se podrán implantar medidas de ahorro y no cumpliremos con los objetivos de eficiencia energética y climáticos comprometidos por España en el Plan Nacional de Energía y Clima.